Ciudad de México, 17 de abril de 2018
- “La justicia cívica es el eslabón fundamental de la paz social”: Dip. Alejandra Gutiérrez Campos.
Con el propósito de sentar las bases para la organización y el funcionamiento de la justicia cívica en las entidades federativas, la Cámara de Diputados aprobó expedir la Ley General de Justicia Cívica e Itinerante.
Además, esta ley establecerá las acciones que deberán llevar a cabo las autoridades de los tres órdenes de gobierno para acercar mecanismos de resolución de conflictos, así como trámites y servicios a poblaciones alejadas de difícil acceso y zonas marginadas.
Asimismo, para atender de una manera más ordenada y con servidores públicos certificados, se establecerán instancias homogéneas en los tres órdenes de gobierno.
En nombre del Grupo Parlamentario del PAN, la diputada Alejandra Gutiérrez Campos argumentó que la justicia cívica es un eslabón fundamental de la paz social y advirtió que fortalecer las instituciones del Estado mexicano es una responsabilidad de los legisladores.
“Como representantes populares sabemos y estamos conscientes que, muchas veces, son estos conflictos permanentes y persistentes los que generan desgaste en la vida de miles de familias y terminan, incluso, por desembocar en actos violentos que podrían tener repercusiones penales. La justicia cívica es el eslabón fundamental de la paz social”, señaló en tribuna.
En la propuesta, la legisladora federal destaca:
1.-Indicar que los municipios y demarcaciones de la Ciudad de México deberán contar con juzgados cívicos que sean necesarios de conformidad con su densidad poblacional.
2.-Señalar la estructura mínima que deberán tener dichos juzgados.
3.- Precisar los requisitos que deberán cubrirse para ser juez de justicia cívica, así como.
4.-Determinar que las leyes estatales deberán establecer los exámenes y cursos que deberán acreditar los aspirantes a jueces, secretarios y defensores de oficio.
5.-Detallar los procedimientos que se llevarán a cabo ante los juzgados descritos.
6.-Estipular que las entidades federativas deberán contener un registro de infractores, así como un catálogo de infracciones, mismas que podrán sancionarse con: i) amonestación; ii) servicio a favor de la comunidad; iii) multa; o, iv) arresto hasta por 36 horas.
7.-Resaltar que la justicia itinerante tendrá como finalidad implementar acciones y mecanismos para que ésta llegue a poblaciones alejadas, de difícil acceso y zonas marginadas.
8.-Puntualizar que las leyes en la materia deberán prever la exención del cobro de derechos cuando se lleven a cabo en jornadas de justicia itinerante.
El dictamen fue aprobado con 344 votos y fue remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
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ATM