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Transcripción de la intervención de la Diputada Nadia Haydee Vega Olivas, para presentar reserva a los artículos 25 y 28 de la Ley del Impuestos Sobre la Renta, durante la Sesión Ordinaria

JUEVES, 20 DE OCTUBRE DE 2016

Ciudad de México, 20 de octubre de 2016

 

TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DE LA DIPUTADA NADIA HAYDEE VEGA OLIVAS, PARA PRESENTAR RESERVA A LOS ARTÍCULOS 25 Y 28 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DURANTE LA SESIÓN ORDINARIA

 

DIPUTADO NADIA HAYDEE VEGA OLIVAS: Con el permiso de la Presidencia.

 

Una de las reformas fiscales aprobadas en 2013 y que resultaron las más lesivas para los trabajadores, fue la eliminación de la deducibilidad de gastos de previsión social en la Ley de Impuesto Sobre la Renta.

 

En ella se obligó a las empresas a pagar impuestos por las prestaciones sin la posibilidad de poder deducir al 100 por ciento los gastos en los que incurren contra el ejercicio fiscal a pesar de que, digámoslo claro, éstas suplen la incapacidad del Estado para proporcionar servicios de salud, educativos y culturales de calidad.

 

Entre las prestaciones de seguridad social se encuentran los aguinaldos, el pago de horas extras, vacaciones, vales de despensa, becas, así como las aportaciones para Fondo de Pensiones.

 

Esta medida impulsada por el gobierno federal ha puesto en riesgo las fuentes de empleo, porque aquellos patrones que se vieron afectados por la reforma, a la disposición optan por reducir prestaciones o, en su caso, reducir su plantilla de trabajadores.

 

La limitación de deducción entre el 47 y el 53 por ciento indudablemente es un factor que afecta a la competitividad, dado que eleva artificialmente el costo laboral por generar empleos en México y sobre todo daña a los trabajadores en el presente, como al momento de su jubilación.

 

Vale la pena decir, por otro lado, que hasta antes de la reforma fiscal recaudatoria, muchas empresas establecieron como prestación, los fondos para el pago de pensiones y jubilaciones de sus empleados como prestaciones complementarias a las que establece la Ley del Seguro Social.

 

Sin embargo, con la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta, las aportaciones que se realizan a estos fondos ahora son deducibles de forma parcial, lo que desincentiva el empleo y lesiona los ingresos de los trabajadores. La incorporación de nuevas restricciones para deducir parcialmente la previsión social y demás prestaciones que obliga la Ley Federal del Trabajo y la no deducción de aportaciones complementarias a Fondo de Pensiones y Jubilación, tienen como consecuencia una pérdida en los beneficios y la calidad de vida de los trabajadores.

 

Según estimaciones de 2014, la limitante de la deducción de prestaciones exentas representa un impacto de costo adicional del ocho por ciento de la nómina para las empresas. La previsión social representa para los trabajadores un elemento esencial e indispensable para su bienestar y el de sus familias.

 

Esta disposición inhibe la entrega de mayores prestaciones a los trabajadores generando impactos negativos en sus ingresos, por demás el costo fiscal adicional antes mencionado reduce el ingreso disponible a estos.

 

Para aminorar los impactos que tuvo en 2014 la reforma en materia de limitante de deducción de prestaciones en la economía y para fomentar el consumo es necesario que se elimine la restricción de deducción que establece actualmente la Ley del ISR.

 

Este es uno de los compromisos que Acción Nacional tiene como prioridad dentro de las 24 acciones para reactivar la economía del país derivado de las prestaciones fiscales que ha generado el gobierno.

 

Con dicha eliminación estaríamos contribuyendo a mantener no solamente las fuentes de trabajo sino también apoyar en la medida de lo necesario el salario real de los trabajadores que reciben actualmente; además de existir más fuentes de empleo de trabajo con mejores prestaciones, se está en la posibilidad de que exista un mayor flujo de efectivo en el mercado interno que dinamice el consumo personal y contribuya así al crecimiento anual del país.

 

Por esta razón, compañeras y compañeros diputados, pido su apoyo para las trabajadoras y los trabajadores mexicanos para aprobar la presente reserva y corregir uno de los errores en los que ha incurrido el gobierno federal al aprobar la reforma fiscal.  Lo dicho anteriormente se somete a consideración del pleno. Es una reserva para el artículo 25 y 28 que queda en los siguientes términos.

 

Artículo 25. Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes:

 

Fracción X. Las aportaciones efectuadas para la creación o incremento de reservas para fondo de pensiones o jubilaciones del personal complementarias a las que establece la Ley del Seguro Social y de las primas de antigüedad constituidas en los términos de esta ley.

 

Y del artículo 28. Para los efectos de este título no serán deducibles en la fracción XXX que se deroga.

 

Muchas gracias, es cuanto.

 

--oo00oo--

YMJ 

AUDIO DE LA INTERVENCIÓN DE LA DIP. NADIA VEGA, PARA PRESENTAR RESERVA A LA LEY DEL ISR



Diputados

 

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