Ciudad de México, 23 de marzo de 2022
BOLETÍN 134
- Lo que se busca es que no se repitan los terribles casos de servidores públicos que han difundido y divulgado imágenes o videos de una escena del crimen: Dip. Felipe Macías Olvera
- Se necesita con urgencia aprobar esta reforma para atender a las víctimas indirectas, “no olvidemos que esas imágenes quedan de por vida en las redes sociales”: Dip. Ana María Trejo
Con el objetivo de sancionar una conducta que vulnere los derechos fundamentales de las víctimas del delito, la Cámara de Diputados, aprobó que se castigue, tipifique y penalice a todo servidor público, que revele o publique información relacionada con un procedimiento penal o hechos del delito.
Lo anterior, al reformar el artículo 225 del Código Penal Federal, mejor conocida como “Ley Ingrid”, el cual contempla como delito cometido por un servidor público el que por sí o por interpósita persona, por cualquier medio o fuera de los supuestos autorizados por la ley, fotografíe, copie, filme, audiograbe, videograbe, reproduzca, difunda, entregue, revele, remita, comparta, distribuya, publiqué, transmita, exponga, oferte, intercambie o comercialice imagen, audio, video, documento, información, indicio, evidencia u objeto alguno relacionado con alguna investigación penal, las condiciones personales de una víctima o circunstancias de hechos o hechos que la ley señale como delitos
Al fundamentar el dictamen por la Comisión de Justicia, el diputado Felipe Fernando Macías Olvera, explicó que lo que se busca es que no se repitan terribles casos de que servidores públicos que estaban encargados de resguardar lo que sucedió en una escena, sean los primeros en estar divulgando y difundiendo las imágenes, videos e información de la víctima, lucrando con la tragedia y haciendo aún más terrible ese momento para familiares y para seres queridos.
“Ya ha habido terribles casos que han indignado a la sociedad mexicana, donde personas sin escrúpulos subieron estas imágenes, estos videos a redes sociales, e incluso medios amarillistas, tabloides, publicándolas para su difusión, esto no puede permitirse nunca más, y con esta reforma, en este artículo 225, queda prohibido, para que el servidor público o por quien interpósita persona lo haga, y fuera de supuestos establecidos ya en la ley, difunda este tipo de materiales”, expuso desde la tribuna el también Presidente de la Comisión de Justicia.
Por su parte, una de las proponentes de esta reforma, la diputada Ana María Balderas Trejo, agregó que esta legislación, será una contribución para penalizar la revictimización que se produce a través de los servidores públicos, desde el primer respondiente hasta los ministerios públicos, al emitir información no autorizada por sus seres queridos, “no dejemos de lado que hay una historia, una familia, amigos detrás de estas imágenes que se publican clandestinamente con o sin fin de lucro”, refirió desde la máxima tribuna, al posicionar el dictamen por el Partido Acción Nacional.
Balderas Trejo, apuntó que se necesita con urgencia aprobar esta reforma, para atender a las víctimas indirectas, “no olvidemos que esas imágenes quedan de por vida en las redes sociales. No queremos ni debemos permitir que existan otras historias como el final que tuvo Ingrid, con esos vídeos tan trágicos”, señaló.
Cabe señalar, que “La Ley Ingrid”, surge a raíz de la difusión en redes sociales y medios de comunicación de las imágenes de un feminicidio ocurrido en la Ciudad de México el 9 de febrero de 2020.
La diputada panista, afirmó que a diario nos encontramos en redes sociales o en medios de comunicación, imágenes sangrientas, dolorosas, inhumanas, indignas, profanando y vulnerando, el dolor de las víctimas y de las familias.
“Sólo así con estas acciones ponemos de manifiesto a la sociedad mexicana el gran compromiso que tenemos como legisladoras y legisladores, atendiendo un tema sensible en consenso, que no se había podido legislar antes, por ello pido el apoyo de todos los grupos parlamentarios presentes en este salón de sesiones, pido el voto a favor, para que por fin se sancione penalmente a cualquier persona, que, abusando de su posición como servidor público, y se proteja a las víctimas y a sus familiares”, remarcó.
El dictamen aprobado en lo general y en lo particular con las modificaciones propuestas por 470 votos a favor y remitido al Senado de la República, para sus efectos constitucionales, plantea que las sanciones previstas son de cuatro a 10 años de prisión y de 100 a 150 días multa, para quien cometa el delito contra la administración de justicia en su modalidad de los cometidos por los servidores públicos; se aumentarán en una tercera parte, en su mínimo y en su máximo, si la información que se difunda se refiera a mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas con discapacidad.
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