Ciudad de México, 15 de febrero de 2023
BOLETÍN 293
- Propone todo el catálogo de delitos contra las mujeres y que no exista el incumplimiento inexcusable de obligaciones alimentarias
Con el objetivo de elevar a rango constitucional para aspirar a puestos de elección popular o cargos públicos a nivel Federal los requisitos de no tener una sentencia por delitos de violencia familiar o de cualquier tipo y no tener una resolución vigente por incumplimiento de pensión alimentaria, el diputado Rommel Pacheco, presentó una iniciativa en favor de la perspectiva de género y protección a la mujer.
“Siempre he estado en contra de todo tipo de violencia hacia cualquier ser humano y especie animal; pero lo que hoy es un hecho real y alarmante en nuestro país es la violencia contra las mujeres y los feminicidios. De verdad reitero que es alarmante, cada día escuchamos casos nuevos y cada vez más monstruosos; si bien yo siempre he apostado por políticas de prevención, debemos de ser más enérgicos en nuestro marco normativo” señaló el Diputado Federal por Yucatán.
La iniciativa que reforma que reforma los artículos 55, 82, 91, 95 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos presentada por el diputado panista, plantea entre otras cosas:
- Poner todo el catálogo de delitos contra las mujeres y que no exista el incumplimiento inexcusable de obligaciones alimentarias y
- También el derecho de la presunción de inocencia de quien ocupe un cargo dentro de los tres Poderes de la Unión, hasta que se cuente con inhabilitación por sentencia firme y vigente por delitos o tener resolución judicial firme y vigente.
La propuesta de ley, también contempla que para poder ser diputado a nivel Federal, senador, Presidente de la República, Secretario de Estado, Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; Consejeros de la Judicatura Federal y Fiscal General de la República, deberán cumplir los siguientes requisitos:
- No encontrarse con inhabilitación por sentencia firme y vigente por delitos de violencia familiar, delitos contra la intimidad personal, contra la imagen personal, violencia laboral, violencia política de género, violencia por parentesco, acoso laboral, abuso sexual, acoso sexual, hostigamiento sexual, estupro, violación o feminicidio, conforme se disponga en la ley; y
- No tener resolución judicial firme y vigente, en materias penal o familiar, por incumplimiento inexcusable de obligaciones alimentarias.
Rommel Pacheco, agregó que esta reforma ya se encuentra vigente en su estado natal, Yucatán, incluso recordó, que el mes pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a partir de una controversia presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en lo referente al requisito de no ser persona deudora alimentaria morosa para acceder a los cargos de presidente o presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, titular de las dependencias o entidades que integran la administración pública de ese Estado, así como para ser postulado a una candidatura independiente, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, validó dichos preceptos.
Lo anterior, dijo, al reiterar su criterio en el sentido de que el requisito impugnado tiene una finalidad constitucionalmente válida, pues tiene como propósito la protección transversal del derecho fundamental a recibir alimentos, además de que está vinculado con el fin que persigue, en tanto incentiva el cumplimiento de la obligación alimentaria.
“Espero que esta Soberanía apoye esta reforma para que, en las próximas elecciones federales del próximo año, sea un requisito para los cargos de elección popular en los que habrá cambio” finalizó.
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