BOLETÍN 315. PROPONE PAN LA REGULACIÓN DE HERRAMIENTAS NO LETALES PARA SU USO EN LEGÍTIMA DEFENSA

9 de Abril de 2023

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  Ciudad de México, a 07 de abril de 2023

BOLETÍN 315

PROPONE PAN LA REGULACIÓN DE HERRAMIENTAS NO LETALES PARA SU USO EN LEGÍTIMA DEFENSA

Los aerosoles o teasers, pueden ser útiles para defensa personal si se usan bajo la regulación adecuada.

  • El objetivo es permitir la defensa personal de cada mujer y cada hombre de nuestro país: Dip. Jorge Triana Tena
  • Con el objetivo de poder excluir de la prohibición de armas del Éjercito mexicano las armas o instrumentos de defensa personal no letales para su uso en legítima defensa, el diputado Jorge Triana Tena presentó iniciativa que reforma la Ley de Armas de Fuego. 

    “El objetivo es permitir la defensa personal de cada mujer y cada hombre de nuestro país”, precisó. 

    El diputado Jorge Triana explicó que un dato que resulta muy importante como marco de referencia de la presente iniciativa, es el crecimiento en el uso de armas de fuego en todo el país, de acuerdo con los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública en años 2015 al 2021, los datos aportados representan el uso de armas de fuego de 9,209 en el año de 2015 a 19,367 en el año de 2021. 

    Asimismo, señaló que también resulta alarmante otro delito que atenta contra la integridad de las mujeres como lo es el feminicidio, tomando en consideración datos del año 2015 al 2021 en el primer año se denunciaron 412 casos mientras que para el año 2021 corresponde a 978 casos feminicidas. Un dato a resaltar es el uso de armas letales, de armas blancas y otras en la consumación de este aberrante delito”, indicó. 

    “Es importante que los ciudadanos, especialmente las mujeres, tengan derecho de defenderse”, agregó. 

    Por otro lado, detalló que la portación de armas con características no letales por parte de una persona tiene como objetivo el de su auto defensa y no pretende utilizar para otros fines como pudiera darse para la comisión de delitos. Asimismo, al encontrarse en un mismo nivel de actuar, quienes deberán de preocuparse son los delincuentes y no la posible víctima. 

    “En este sentido, sin llegar al extremo permitido sobre el uso de las armas de fuego en nuestro país, y conforme a la respectiva legislación reglamentaria, la presente iniciativa fundamenta su origen en la protección y seguridad de los ciudadanos en sus bienes y en sus personas”, expusó. 

    Destacó que es necesario establecer, que los Estados deben de garantizar en todo momento el respecto a las libertades individuales de cada ciudadano y proporcionar los medios eficaces jurídicos para su protección mediante el uso de medios no letales de protección sin causar un daño grave y menos con la intención de privar de la vida a alguien.

    Además, dijo, es necesario señalar, que el control de armas en nuestro país no cumple con sus objetivos declarados en el sentido de desarmar a organizaciones criminales, causando con ello una afectación a los ciudadanos quienes son los que se ven directamente implicados en la comisión de delitos perpetuados por estas bandas.

    Al concluir, manifestó que la presente iniciativa tiene como objetivo permitir que todo ciudadano pueda contar con medios de protección para su defensa personal no letal, facultando a la Secretaría de la Defensa Nacional a crear un catálogo sobre el tipo de armas no letales para uso cotidiano. 

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