BOLETÍN. IMSS BIENESTAR INICIA SU OPERACIÓN EN MEDIO DEL CAOS Y LA IMPROVISACIÓN.

31 de Mayo de 2023

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31 de mayo de 2023.

 

Diputado Federal, Éctor Jaime Ramírez Barba.

 

 

A dos días de publicada la reforma para operar al IMSS-BIENESTAR, el caos gobierna.

 

?El personal de la salud salió a las calles ante la incertidumbre laboral, reducción de salarios y posibles despidos.

 

?Zoé Robledo desconoció la deuda del INSABI, más de 15 mil millones.

 

?La administración del INSABI cerró las puertas y sus trabajadores no saben qué pasará

 

?Solamente se pretende basificar a los trabajadores en los estados que firmen el abusivo convenio con el IMSS-BIENESTAR. Esto es discriminatorio para estados como Guanajuato, que prefirieron optar por mantener el control de su sistema de salud. Todos los estados deben contar con los mismos recursos federales. 

 

? Preocupa el destino del Fondo de Salud para el Bienestar y la atención a enfermedades catastróficas, ya que harán una restructuración, los pacientes ya no saben si seguirán sus tratamientos, por ejemplo, contra el cáncer u otras enfermedades de alto costo.

 

 

Una vez más, se sigue improvisando con la salud de las y los mexicanos.

 

1.  Zoé Robledo, ya rechazó que IMSS-Bienestar asumirá los saldos pendientes del desaparecido INSABI, que ascienden a más de 15 mil 600 millones.

 

  • Eso viola la ley aprobada por Morena y sus aliados, el artículo cuarto transitorio del decreto dice que, los  recursos presupuestarios, financieros y materiales, así como los derechos y obligaciones del INSABI, pasan al IMSS-BIENESTAR o la Secretaría de Salud, según corresponda. 

 

  • El artículo quinto transitorio dice que, cualquier referencia que se realice al INSABI, en cualesquiera acto, disposición, instrumento jurídico se entenderá referida IMSS-BIENESTAR. NO reconocer una obligación legal, como pretenden Zoé Robledo al desconocer las deudas, es delito.

 

  • Si las deudas y recursos siguen en el INSABI es para operar con total arbitrariedad. El dinero quedaría en manos de una institución que se caracterizó por su incompetencia y su opacidad, que también es corrupción.

 

  • Se tiene conocimiento de audeudos del INSABI a diversos proveedores, principalmente de medicamentos e insumos para la salud, por lo que se debe informar urgentemente sobre la deuda del INSABI que nos tocará pagar a todos.

 

 

2. El personal de la salud salió a las calles ante la incertidumbre laboral, reducción de salarios y despidos.

 

  • Este proceso de transición al IMSS-BIENESTAR no debe ser pretexto para afectar a los trabajadores, ya sean personal de atención médica o administrativos. Todos tienen los mismos derechos.

 

  • Urge que se otorguen las plazas que los trabajadores que atendieron la emergencia por COVID19 se ganaron con su esfuerzo.

 

  • Rechazamos que el Zoé Robledo diga que solamente se van a basificar a los trabajadores en los estados que firmen el convenio de centralización con el IMSS-BIENESTAR. Esto es discriminatorio para estados como Guanajuato, que prefirieron optar por mantener el control de su sistema de salud. Todos los estados deben contar con los mismos recursos federales para contratar personal.

 

  • NO hay nada que regatearle a los trabajadores.  El arículo cuarto transitorio dice a la letra, los derechos laborales del personal del INSABI que sea transferido al IMSS-BIENESTAR o a la Secretaría de Salud, se respetarán conforme a la Ley y las condiciones generales de trabajo.

 

  • El mismo artículo transitorio, dice que, la Secretaría de Salud, en un plazo no mayor a 180 días naturales emitirá las disposiciones que establezcan los términos plazos y condiciones para llevar a cabo la transferencia de los recursos humanos.

 

 

3.  La administración del INSABI cerró las puertas y sus trabajadores no saben qué pasará. ¿Qué está pasará con diversos trámites a cargo del INSABI para garantizar la atención médica y el financiamiento a enfermedades?

 

  • El artículo octavo transitorio dice que, el IMSSS y el IMSS-BIENESTAR celebrarán convenios de coordinación y colaboración para la continuidad de las labores encaminadas a garantizar la prestación de los servicios de salud a la población sin seguridad social. Ambas instituciones deben asumir su responsabilidad legal.

 

 

4.   Preocupa el destino del Fondo de Salud para el Bienestar (FONSABI) y la atención a enfermedades catastróficas, ya que harán una restructuración en el contrato del Fideicomiso.

 

  • El artículo tercero transitorio dice que,  dentro de los 90 días el IMSS-BIENESTAR) deberá llevar a cabo los actos necesarios para la modificación del Fideicomiso de Salud para el Bienestar, para lo cual, con la participación que, en su caso, corresponda a las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Salud, procederá a modificar el contrato del Fondo de Salud para el Bienestar.

 

  • La reforma propuesta pretende que la subcuenta del FONSABI para la atención de enfermedades que impliquen un alto costo en los tratamientos y medicamentos asociados deberán ser determinadas en unas nuevas reglas de operación del Fondo en virtud de su grado de complejidad o especialidad y el nivel o frecuencia con la que ocurren.

 

  • Lo anterior,  es claramente discrecional y deja a la población sin garantía de atención médica de alta especialidad, puesto que la ley debe definir con claridad que estará cubierto.

 

  • Hasta hoy, la ley define claramente los criterios para la definición de las enfermedades que causan gastos catastróficos: “se considerarán gastos catastróficos a los que se derivan de aquellos tratamientos y medicamentos asociados, definidos por el Consejo de Salubridad General, que satisfagan las necesidades de salud mediante la combinación de intervenciones de tipo preventivo, diagnóstico, terapéutico, paliativo y de rehabilitación, con criterios explícitos de carácter clínico y epidemiológico, seleccionadas con base en su seguridad, eficacia, pago, efectividad, adherencia a normas éticas profesionales y aceptabilidad social, que impliquen un alto costo en virtud de su grado de complejidad o especialidad y el nivel o frecuencia con la que ocurren”.

 

  • Eliminar los criterios anteriormente descritos, ocasionará que quede a capricho del gobierno la definición de cuales serían las enfermedades de alto costo y complejidad que sí se atenderían.

 

  • Estamos en una grave regresión para el derecho a la protección de la salud.

 

  • La organización Mexico Evalúa ha documentado que el Fondo de Salud para el Bienestar ha abandonado su función de financiar la atención de enfermedades de alto costo de las personas sin seguridad social[1]: Según información de la Secretaría de Salud, en los últimos dos años, menos del 5% de los gastos del Fonsabi se han dedicado a la atención de enfermedades catastróficas y construcción de infraestructura. El 95% restante se ha transferido al Insabi para gasto corriente, o a la Tesorería de la Federación (Tesofe), donde se pierde el rastro del dinero.

 

  • La caída en el financiamiento de enfermedades de alto costo de parte del Fonsabi implicó que las personas sin seguridad social formal tuvieran que afrontar mayores gastos de bolsillo por su cuenta.
 

[1] https://www.mexicoevalua.org/el-ocaso-del-fonsabi/

 

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  • RAMÍREZ BARBA ÉCTOR JAIME