Ciudad de México, 7 de julio de 2023
BOLETÍN
- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), tiene facultades para identificar y denunciar delitos vinculados con recursos de procedencia ilícita, entre ellos, los asociados con la trata de personas.
- Respecto del número total de operaciones financieras y económicas detectadas relacionadas con los delitos en materia de trata de personas, la UIF informó haber recibido 1,083 reportes relacionados con lavado de dinero vinculados a la trata de personas, mismos que desglosados por año, corresponden: 74 en 2017; 218 en 2018; 401 en 2019; 185 en 2020; y 205 en 2021.
- De esas 1,083 operaciones financieras y económicas detectadas relacionadas con los delitos en materia de trata de personas, la UIF reportó por modalidad de los delitos en materia de trata de personas: 530, por trata de personas; 482, por explotación sexual; 28, por explotación laboral; 19, por tráfico de órganos; dos por adopción ilegal; una por esclavitud; y 21 por corrupción de menores.
El pasado 06 de julio, la Diputada Federal del Grupo Parlamentario del PAN, Karla Verónica González Cruz, presentó en la sede de la Comisión Permanente, Iniciativa para reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos (Ley General).
La iniciativa de la Diputada proponente tiene dos objetivos puntuales: a) actualizar la denominación de las instituciones que integran la Comisión lntersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos e; b) incluir entre los integrantes de esta Comisión a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, considerando que se trata de la instancia que, a través de la Unidad de Inteligencia Financiera, tiene facultades para identificar y denunciar delitos vinculados con recursos de procedencia ilícita, entre ellos, los asociados con la trata de personas.
La legisladora expone en su iniciativa que la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (CNUDOT), busca generar una estrategia mundial para prevenir y combatir ciertos delitos que comenten los grupos de delincuencia organizada de manera trasnacional y, de esta manera, contar con herramientas jurídicas que permitieran una adecuada cooperación internacional entre los países firmantes.
También menciona los Protocolos que complementan esta Convención: Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire (2000); Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños (2000) y; Protocolo contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, sus Piezas y Componentes y Municiones (2001).
Resalta que la Convención y sus Protocolos respectivos, forman parte del sistema jurídico interno mexicano y, por ende, de aplicabilidad y obligatoriedad para su debido cumplimiento; y que el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños (Protocolo de Palermo), se refiere al tema de trata de personas.
Expone que el Protocolo de Palermo fue ratificado por México desde diciembre de 2003 y que es el instrumento para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa a la CNUDOT. Además, destaca la finalidad de este Protocolo: prevenir y combatir la trata de personas, con especial atención a las mujeres y los niños; proteger y ayudar a las víctimas de dicha trata, respetando plenamente sus derechos humanos; y promover la cooperación entre los Estados Parte para lograr los fines.
La Diputada panista explica que la importancia de esta adhesión, por parte de nuestro país, radica en que con ello se impulsaron acciones concretas de combate al delito de trata de personas, como lo es la publicación de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos; la instalación de la Comisión lntersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas; así como la adopción de la campaña Corazón Azul, siendo México el primer país en hacerlo.
Además, resalta que, al ser Estado Parte de la Convención y su Protocolo, y por precepto constitucional, México compromete su observancia tanto en el ámbito interno como en el de política exterior. Particularmente, añade, en el ámbito interno, se requiere de la armonización de la legislación nacional a los preceptos de esos ordenamientos internacionales y, al mismo tiempo, de la actualización de esta legislación para evitar que sea rebasada por la realidad y por los ajustes o modificaciones constantes que se realizan al marco jurídico en general.
En ese orden de ideas, por un lado, retoma la propuesta de la Auditoría Superior de la Federación derivada de las observaciones emitidas en los informes individuales correspondientes a la fiscalización de la Cuenta Pública 2020, en el sentido de que, es necesario actualizar la denominación de las instituciones que integran la Comisión lntersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
Por otro lado, resalta la información contenida en el Diagnóstico sobre la Situación de la Trata de Personas en México 2021, elaborado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), y que aborda, entre otros aspectos, las acciones emprendidas por la UIF para ayudar a prevenir y combatir la trata de personas.
Destaca la información relevante contenida en el mencionado Diagnostico. Hace hincapié que, en 2019 la UIF realizó una tipología acerca de una red de personas físicas en su mayoría con relación familiar que contactaba a mujeres en el extranjero, principalmente sudamericanas y las invitaba a México mediante engaños al ofrecerles trabajos para prestar servicios de modelaje. También menciona que se realizó otra tipología en 2020 con la que se identificó una red de personas, en su mayoría unidas por un parentesco consanguíneo y por afinidad, que para obtener recursos económicos engañaba y ejercía violencia física en contra de mujeres y niñas para someterlas a explotación sexual.
Resalta que, de acuerdo a la información proporcionada por la UIF a la CNDH para la elaboración del Diagnóstico, se observa que esta Unidad previene y detecta actos, omisiones u operaciones, que pudieran favorecer, prestar ayuda, auxilio o cooperación de cualquier especie para la comisión de operaciones con recursos de procedencia ilícita, y que ha utilizado su marco legal de actuación para incluir el tema de trata de personas y contribuir a su combate.
Finalmente, la legisladora menciona una observación relevante que se expone en el Diagnóstico, en el sentido de que, a pesar de la importancia de la UIF, hasta el momento en la Ley General no se encuentra considerada dentro de las autoridades que integran la Comisión lntersecretarial conforme a lo que puede observarse en el libro segundo de la política de estado, título primero, de la comisión intersecretarial y el programa nacional, por lo que actualmente su actuación en las sesiones de dicha comisión es en calidad de invitada, lo que no le permite contar con un marco jurídico que le dé mayor margen de acción en las actividades que realiza esa instancia, y en general en la incidencia en la política pública en materia de trata de personas.
Es por lo anterior, que la Diputada Karla Verónica González Cruz presentó su iniciativa para:
• Subsanar esta omisión, estableciendo que la SHCP será integrante de la Comisión lntersecretarial, y que, a través de la UIF, diseñará y ejecutará estrategias y/o planes de acción permanentes con el objeto de identificar y denunciar delitos vinculados con recursos de procedencia ilícita, entre ellos, los asociados con la trata de personas. Al respecto, se hace la acotación que, los elementos recabados por la Unidad de Inteligencia Financiera no constituirán pruebas o datos de prueba.
• Incluir a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, en sustitución de la Secretaría de Seguridad Pública; a la Secretaría de Bienestar, en reemplazo de la Secretaría de Desarrollo Social, y a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, en lugar de la Procuraduría Social de Atención a las Víctimas de Delitos.
Con estos cambios a la ley se otorga certeza jurídica a las estrategias y acciones que ya viene instrumentando la UIF en la materia, de acuerdo a la información que se expone en el Diagnóstico realizado por la CNDH; y se actualizan las denominaciones de diferentes dependencias que participan como integrantes de la Comisión Intersecretarial, con base en las modificaciones que se han realizado a legislación correspondiente.
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