Ciudad de México, a 17 de abril de 2022
TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO SANTIAGO CREEL MIRANDA, EN CONTRA DEL DICTAMEN QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 4O., 25, 27 Y 28 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE ENERGÍA Y DE ACCESO A LA ENERGÍA ELÉCTRICA.
DIPUTADO SANTIAGO CREEL MIRANDA (SCM): Con su venia, presidenta.
Diputadas y diputados:
Quisiera iniciar mi intervención solicitando una moción de ilustración para que se proceda a dar lectura al artículo 1 de la Constitución solamente en sus tres primeros párrafos.
SECRETARÍA DE LA MESA DIRECTIVA, DIPUTADA JASMINE MARÍA BURGARÍN RODRÍGUEZ (JMBR): Artículo 1: En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Todas las autoridades en el ámbito de sus competencias tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos en los términos que establezca la ley.
Es cuanto, presidenta.
SCM: He pedido la lectura de este artículo 1, porque pienso que ahí está el meollo de la discusión.
Esta reforma que ha presentado el titular del Ejecutivo, es una reforma que vulnera los derechos humanos, y los derechos humanos están por encima y tienen supremacía sobre cualquier otro derecho.
¿Cuál es el problema de esta reforma? Es que cambia el orden del despacho de suministro de la energía eléctrica. Y el cambio que se propone, es un cambio que perjudica la generación de energías más baratas, menos costosas. Ahí es dónde está el meollo del problema, y lo está porque las energías más baratas son las energías renovables, las energías limpias, las energías que no contaminan.
El artículo 1 de la Constitución tiene un principio rector de los derechos humanos y es el principio de progresividad que quiere decir que los derechos humanos siempre tienen que estar en evolución constante y permanente y, por la otra parte, nunca, jamás, pueden ser regresivos, y donde atenta esta reforma es precisamente en que es una reforma que transgrede el principio de progresividad rector de los derechos humanos y, por lo tanto, regresiva.
Afecta también el derecho de vivir en un ambiente sano y a tener un desarrollo sustentable. Las emisiones sucias, con esta reforma, se elevarían a un doble de lo que hoy tenemos.
Igualmente, esta reforma rompe con el principio de sustentabilidad en materia energética, que tiene como finalidad minimizar el impacto en generación de energía.
Ahora bien, se ha hablado de la reciente resolución que adoptó la Suprema Corte de Justicia en relación a las reformas de la Ley de la Industria Eléctrica, y aquí no se ha dicho lo que es verdad sobre ese fallo. La mayoría de los integrantes de la Suprema Corte de Justicia, en su reciente acción de inconstitucionalidad, consideraron que la reforma contraviene precisamente estos derechos que acabo yo de mencionar.
Y quiero citarlos para que quede constancia de cuál fue la votación de la mayoría de los ministros y ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación:
En relación con los costos de producción unitarios, resolvieron la inconstitucionalidad en contra de la producción de costos marginales, que es la que opera el día de hoy.
Igualmente, es inconstitucional porque se hace una indiscriminación debida en la prevalencia que se le da, que en el suministro del despacho se le dé prioridad a la Comisión Federal de Electricidad.
Siete ministros, la mayoría de la Suprema Corte de Justicia, falló esta inconstitucionalidad.
En este debate que tuvo la Suprema Corte de Justicia, hay que aclarar, que la manera como votaron los ministros ha sido cuestionada, porque de otra forma, se hubieran obtenido los 8 votos y se hubiera ratificado la inconstitucionalidad de las reformas a la ley y, por lo tanto, de lo que se propone aquí en esta reforma constitucional.
La votación se llevó a cabo por temas y no por artículos, de una manera totalmente atípica y por eso existe hoy un recurso del Senado de la República puesto en la Suprema Corte de Justicia para impugnar esa votación.
Se están violentando derechos humanos, no otro tipo de derechos. Van por arriba del Estado, van por arriba de la disponibilidad, van por arriba de la seguridad, son los derechos que dan origen a todo el derecho, a todo el estado y a todas las instituciones que tenemos en en el país.
Es por ello que siendo esta reforma, que vulnera los derechos humanos, vamos a votar en contra de ella.
Muchas gracias.
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