Ciudad de México, 19 de abril de 2022
TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DE LA DIPUTADA CARMEN ROCÍO GONZÁLEZ ALONSO, PARA FUNDAMENTAR EL DICTAMEN QUE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, EN MATERIA DE ARMONIZACIÓN Y HOMOLOGACIÓN.
DIPUTADA CARMEN ROCÍO GONZÁLEZ ALONSO (CRGA): Gracias Presidenta.
Con el permiso de la Presidencia.
Esta tarde me toca fundamentar el presente dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción y guardando todo el debido respeto a quienes integramos esta Comisión y quienes hemos trabajado para avanzar en los temas que a todas y todos nos ocupan, es que no haré ningún posicionamiento y me enfocaré directamente en el fondo del dictamen.
La Comisión de transparencia y Anticorrupción encargada del análisis y dictamen de las iniciativas, por las que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de transparencia y acceso a la información pública, en materia de armonización y homologación dictaminadas en la sexagésima cuarta Legislatura y turnadas por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, de la sexagésima quinta Legislatura, en los términos del artículo 288 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
El presente dictamen refiere a la continuidad en el trabajo legislativo, como un eje primordial que permite lograr el propósito de esta comisión, que es evaluar, analizar y coincidir con las propuestas que se generan para fortalecer nuestro marco jurídico.
Celebro la posibilidad en esta comisión para trabajar en las coincidencias, sin imposiciones y con resultados, que son acordes a la agenda de México a la agenda de todas y de todos.
El dictamen que les presentamos, reafirma y armoniza el trabajo legislativo, no sólo de esta sexagésima quinta Legislatura, sino de las que anteceden.
Se trata, pues, del dictamen de dos propuestas presentadas por el diputado Manuel Baldenebro Arredondo y la diputada Carmina Regalado, ambas con el propósito de armonizar y homologar la Ley General de transparencia y acceso a la información pública, respecto a los términos Distrito Federal, salario mínimo y Asamblea Legislativa, por Ciudad de México, unidad de medida y actualización, y Congreso de la Ciudad de México, respectivamente.
En materia de la reforma, esta comisión dictaminadora consideró importante que se realice la desindexación del salario mínimo en la Ley General de transparencia y acceso a la información pública, lo anterior, en virtud de que el 27 de enero de 2016, fue publicada la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mediante la cual, se incorpora dentro de nuestro marco legal este precepto y la creación de la unidad de medida y actualización.
En el mismo sentido, se sustituye y homologa la referencia al Distrito Federal, para señalarla en su nomenclatura correcta, derivado de la reforma política del artículo 122 constitucional, que al denominar la Ciudad de México, en este mismo sentido, se realiza la modificación para expresar denominación correcta a los nombres de las entidades federativas Michoacán de Ocampo y Veracruz de Ignacio de la Llave.
Este dictamen de forma, que puede ser desde la técnica legislativa sencillo y parecer simple, en realidad, es una reforma que determine el uso correcto y homologado de las leyes y hace un llamado de atención a este Poder Legislativo, a fin de cuidar la forma y fondo en el proceso de análisis que se realiza en comisiones.
Agradecemos la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, la atención y llamamos a la aprobación del mismo, a fin de dotar de la correcta aplicación e interpretación de la ley.
Es cuanto, presidenta.