TRANSCRIPCIÓN DE LA SEGUNDA INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO SANTIAGO TORREBLANCA ENGELL, EN EL FORO 3 DEL PARLAMENTO ABIERTO DE LA REFORMA ELECTORAL.

1 de Agosto de 2022

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Ciudad de México, a 01 de agosto del 2022

 

TRANSCRIPCIÓN DE LA SEGUNDA INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO SANTIAGO TORREBLANCA ENGELL, EN EL FORO 3 DEL PARLAMENTO ABIERTO DE LA REFORMA ELECTORAL.

 

DIPUTADO SANTIAGO TORREBLANCA ENGELL (STE): Yo respeto mucho al maestro Jaime Castañeda, pero creo que desnaturaliza de qué se trata este Parlamento Abierto. El Parlamento Abierto se lleva a cabo para escuchar la voz de expertos, ciudadanos expertos, con un punto de vista neutral, técnico o jurídico, o técnico jurídico, o político sociológico y demás, para el debate ideológico, parlamentario con posturas partidistas, estamos las y los diputados. Jaime es el representante de Morena, entonces para eso sí, sí aquí vamos a traer los representantes del PAN y del PRI, y del PRD, y de Morena, bueno, entonces para qué estamos las y los diputados, no digo que esté mal, no digo que sea una persona que no sepa, sabe mucho de la materia, pero trae una visión por su propia especial naturaleza de su cargo con un sesgo partidista, que no está mal, pero no es la naturaleza del Parlamento Abierto.

 

Ahora con relación a los medios de impugnación, pues tiene exactamente los mismos, exactamente los mismos, las causales de nulidad de una casilla o de una elección, sea las causales de una casilla donde está instalada una urna electrónica, es decir error o dolo, que resulte determinante, recepción de la votación por persona distinta del autorizada, etcétera, etcétera, etcétera, serían las mismas causales. En el único tema, es que en algunos supuestos, el medio probatorio sería diferente, pero al revés creo que los medios probatorios van a ser más fáciles. En una jornada electoral ordinaria, las circunstancias en las que ocurrieron los hechos, por ejemplo, presiona al electorado, pues va a ser lo mismo con una electrónica o sin urna electrónica, la determinancia de ese hecho, al revés creo que disminuirían las impugnaciones y, por lo tanto, se daría mayor certeza, ¡Ah claro! Se podrán llegar a poner causales para la revisión del testigo físico en algunos casos, no porque sea estrictamente necesario, sino porque abonaría la certeza, y es todo.

 

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