Ciudad de México, 13 de septiembre de 2022
TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DE LA DIPUTADA DIANA LARA CARREÓN, PARA REFERIRSE AL DICTAMEN CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, DE LA COMISIÓN DE ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES
DIPUTADA DIANA LARA CARREÓN (DLC): Con su venia diputada presidenta.
Compañera y compañero diputados:
De acuerdo con el Comité sobre de los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas, el derecho a ser incluido en la comunidad se refiere al principio de inclusión y participación efectiva en la sociedad, lo que incluye la posibilidad de llevar una vida social plena y tener acceso a los derechos de igualdad de condiciones.
Para quienes integramos la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, la protección del derecho de las personas con discapacidad a ser incluirlos en la comunidad y contar con las condiciones idóneas para una vida plena, no posee color partidario. Se trata de un imperativo moral que debe concretarse en la realidad jurídica y social.
Entre las condiciones adversas que deben enfrentar las personas con discapacidad; la falta de acceso a un empleo digno, figura entre las más relevantes, ello impide que alcance la independencia económica y que le sea posible ejercer sus derechos humanos y constitucionales de manera efectiva.
La discriminación laboral, la inequidad salarial y las condiciones inadecuadas en los centros de trabajo, son algunos de los obstáculos que las personas con discapacidad deben superar para lograr la consolidación de una vida productiva, que constituyen un medio para la construcción de la base económica que les facilite el ejercicio de sus derechos.
El 14 de diciembre del 2021 la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables recibió la minuta con proyecto de decreto, por el que se reforma el artículo 11 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad para su estudio y dictamen.
La minuta establece que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social promoverá el derecho de las personas con discapacidad al trabajo digno y al empleo en igualdad de oportunidades y equidad, de manera de que se les otorgue la certeza en su desarrollo personal, social y laboral.
Para efectos de lo anterior, se establece que la Secretaría deberá diseñar, ejecutar, evaluar y promover políticas públicas para la inclusión laboral de las personas con discapacidad; atendiendo sus competencias laborales, tanto en el sector público como en el privado, de modo que se proteja la capacitación, el empleo digno, la contratación y sus derechos laborales.
Las y los integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con la conducción de su presidenta Gabriela Sodi Miranda, no tuvimos ninguna duda acerca de la oportuna aprobación de la minuta, pues consideramos que su contenido puede impulsar el desarrollo de políticas públicas en el ámbito laboral, a favor de las personas con discapacidad.
Con la aprobación de esta minuta, los más de seis millones de personas con discapacidad que viven en nuestro país, podrán exigir un trato digno e incluyente y condiciones idóneas para una vida productiva que les facilite el ejercicio efectivo de la totalidad de sus derechos.
Es necesario que la autoridad laboral posea la convicción de que el ejercicio de los derechos laborales que hemos citado, requieren de una vigilancia exhaustiva y efectiva.
La vigilancia debe complementarse con la instrumentación de acciones de promoción con la base en la firma de los convenios con los empleadores, de esta manera, el presente decreto generará los beneficios que las y los legisladores que hoy votaremos a favor de la presente minuta, tendremos la esperanza de que se obtenga a favor de la inclusión de las personas con discapacidad.
Por los argumentos aquí expuestos, en nombre de las y los integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, les solicito respetuosamente compañeras y compañeros, su voto a favor de esta minuta, es cuánto.