TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO RODRIGO SÁNCHEZ ZEPEDA, PARA FUNDAMENTAR EL DICTAMEN POR EL QUE SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES A LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO.

4 de Noviembre de 2022

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Ciudad de México, 4 de noviembre de 2022

 

TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO RODRIGO SÁNCHEZ ZEPEDA, PARA FUNDAMENTAR EL DICTAMEN POR EL QUE SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES A LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO.

 

DIPUTADO RODRIGO SÁNCHEZ ZEPEDA (RSZ): Quiero iniciar mi participación reconociendo a la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, y a la diputada Daniela Soraya Álvarez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, quienes fueron las promoventes de las iniciativas que hoy atiende el presente dictamen.

 

Compañeras y compañeros, de acuerdo con datos del Inegi, hasta el mes de septiembre del presente año, en el país existen más de 47.8 millones de automóviles registrados en circulación a nivel nacional. De esa cantidad, son muchos los ciudadanos que cuentan con uno propio para desplazarse a sus centros de trabajo, escuela, negocio, centro médico o, bien, para disfrutar de un viaje familiar.

 

Estos automóviles que circulan día a día necesitan de un espacio para quedar aparcados, los conductores prefieren buscar entre calles un lugar para dejar estacionado el auto. Sin embargo, al no encontrar espacio, aparcan en avenidas o vías principales, lo que provoca y entorpece el flujo vehicular. Además, obstruyen el paso exclusivo de transporte público, ciclovías, así como la vía peatonal y en cuyos casos pueden ocasionar accidentes.

 

Para dar solución a esta problemática, los estacionamientos públicos se han convertido en una necesidad imperiosa y, en contraparte, ha sido generador de dolores de cabeza tanto para los ciudadanos, así como para las autoridades, ya que la sobrepoblación, el aumento del parque vehicular, la densidad del tráfico y el latente problema de vías primarias y secundarias han alentado el incremento de la oferta y a su vez de la demanda de establecimientos, así como también han inducido el alza indiscriminada y arbitraria en sus tarifas de cobro.

 

Muchos ciudadanos con tal de evitar el pago por dichos estacionamientos, se han visto en la necesidad de acudir a los estacionamientos informales, aun cuando signifique un riesgo para su vehículo.

 

Las causas para acudir a estos lugares informales son diversas, pero una de las más frecuentes versa sobre el excesivo costo y nula garantía sobre uno de los patrimonios más preciados para la mayoría de los ciudadanos, su automóvil.

 

En muchos establecimientos que ofrecen el servicio de estacionamiento, desde que el ciudadano sobre su coche acude a ellos, se le menciona que la administración no se hace cargo por los daños, pérdida de objetos y mucho menos por el robo de autopartes que pueda sufrir.

 

Por si fuera poco, tampoco se hacen responsables si el personal de valet parking ocasiona daños al vehículo, propiedad del cliente, además de otros gastos, por el cual el usuario puede incurrir como la pérdida del boleto.

 

En su mayoría estos lugares que proveen el servicio de estacionamiento no cuentan con los permisos necesarios para su funcionamiento ni mucho menos cuentan con un seguro que cubra el daño por robo de autopartes mientras se encuentren en el lugar, cosa que contraviene la disposición oficial en la que los estacionamientos deben contar con un seguro de responsabilidad civil. O el de fianza, que ayude a respaldar a los dueños en caso de que se causen daños dentro del estacionamiento o que el personal del mismo establecimiento llegue a ocasionar.

 

En este sentido, muchos de los ciudadanos que seguramente han escuchado hasta el cansancio lo ya señalado, sin embargo, ante la falta de cajones de estacionamiento se ven obligados a aceptar los términos y condiciones impuestos por el lugar, de esta forma el usuario queda en desventaja frente a un servicio que se ofrece.

 

Como anteriormente señalé, no podemos dejar de lado que las avenidas y calles han sido tomadas por los ciudadanos, mejor conocidos como franeleros o viene viene, quienes sin permiso alguno se hacen de las vías públicas, ofrecen el servicio de estacionamiento informal, afectan el libre tránsito y lucran de manera ilegal con lugares públicos, sin que la autoridad, poco, o nada, realice para atender la situación.

 

Ante dicha problemática, es necesario regular el funcionamiento de los establecimientos públicos, pues hasta el momento se ven beneficiados, con jugosas ganancias económicas, sin contraer responsabilidad alguna con las y los ciudadanos que hacen uso de los mismos.

 

Por ello, el objeto del presente dictamen es el de adicionar una fracción XVII al artículo 10 de la Ley General de Asentamientos Humanos y Ordenamiento Territorial y Urbano, para dotar de los instrumentos y mecanismos a las entidades federativas para que puedan expedir las normas correspondientes para regular el funcionamiento de los estacionamientos públicos. Además, este dictamen pretende adicionar una fracción XXI al artículo 11 del mismo ordenamiento para facultar a los municipios a ejecutar las acciones necesarias en materia de estacionamientos públicos. Concluyo, presidenta.

 

Compañeros y compañeras:

 

Ante los argumentos expuestos, el día de hoy vengo a solicitar su apoyo para que, a través de su voto, se apruebe el presente dictamen y de esta manera se dote de herramientas y demás mecanismos a las entidades federativas y a los municipios para legislar y efectuar las acciones en materia de ordenamiento, regulación y funcionamiento de los estacionamientos públicos.

 

Es cuanto, presidenta, muchas gracias.

 

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