Ciudad de México, a 31 de octubre de 2023
TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO ÉCTOR JAIME RAMÍREZ BARBA, PARA FIJAR POSTURA DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, AL DICTAMEN QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD, EN MATERIA DE OBJECIÓN DE CONCIENCIA.
DIPUTADO ÉCTOR JAIME RAMÍREZ BARBA (EJRB): Muchas gracias, presidenta. El derecho no es algo que alguien te da, es algo que nadie te puede quitar, por eso, en el Grupo Parlamentario de Acción Nacional hemos luchado desde nuestra creación en el derecho a la salud como derecho fundamental.
No hay ninguna duda, no hay ninguna duda que en el ejemplo que se dio de una muerte cerebral fue el ejemplo más equívoco de quien habla con ignorancia de un tema. Estamos convencidos que el derecho a la salud debe ser un derecho efectivo, con médicos, con insumos, con medicamentos, con oportunidad, con calidad, pero también estamos convencidos que tenemos el derecho a la objeción de conciencia y que es un derecho también constitucional.
Contextualizo. En los últimos tiempos, los cimientos del sistema de salud se han sacudido por debates intensos donde se entrecruza lo médico, lo ético y lo legal. A medida que la sociedad evoluciona, las perspectivas sobre los derechos fundamentales, la libertad de prescripción y la objeción de conciencia han emergido como una fuerza renovada, desafiando el statu quo y poniendo en el punto de mira las decisiones que afectan la decisión de las personas.
En este contexto, emerge la objeción de conciencia como otro punto de inflexión en el debate, esta objeción permite al casi millón de profesionales de la salud de México, a los que los festejamos aquí el 23 de octubre, a los que hemos dedicado puntos de acuerdo y letras de oro en esta Cámara de Diputados para festejarlos, para reconocerles su labor. Esta objeción, repito, permite a los profesionales de la salud abstenerse de realizar ciertos procedimientos o tratamientos que vayan en contra de las convicciones éticas, morales, religiosas o ideológicas que otorga la Constitución.
Sin embargo, y es aquí donde la controversia se identifica, esta objeción en el Partido Acción Nacional estamos firmemente convencidos que no debe de usarse como excusa para evadir responsabilidades o negar los servicios esenciales de salud. En otras palabras, el ejercicio de la objeción de conciencia no puede y no debe comprometer el bienestar y los derechos de los pacientes.
La pregunta surge, entonces, ¿cómo balanceamos el respeto a las convicciones personales de un médico con el deber primordial de cuidar y proteger a los pacientes?, ¿en dónde trazamos la línea?, ¿es más importante la autonomía del médico o el derecho del paciente a recibir su tratamiento?, las respuestas a estas preguntas son tan variadas como complejas y se extienden desde el reconocimiento y respeto a la objeción hasta el establecimiento de protocolos que aseguren que ningún paciente se quede sin atención médica adecuada.
De lo que estamos seguros es que el dictamen que se está poniendo a votación no cumple con esa delicada balanza, al médico que queremos reconocer ahora estamos proponiendo que se le criminalice por causas del Estado. Ahora Morena quiere sancionar a la comunidad médica, a la comunidad de enfermería por el retraso en los servicios de salud cuando es a la autoridad sanitaria a quien corresponde que existan las condiciones para que los pacientes sean atendidos con calidad. Esto va totalmente contra los derechos constitucionales.
De manera puntual dice: el derecho de conciencia debe ser establecido en sentido positivo y no como una forma de evadir la ley. Debemos de reconocer que el derecho a la salud es primero, sin duda alguna.
De todas las disposiciones jurídicas que se proponen en el dictamen son nugatorias para hacer efectivo un derecho, es decir, lo están quitando y en su momento habrá los amparos necesarios porque estamos ciertos que quien ni siquiera tiene la disposición para revisar un tema y ver los hechos propone cosas verdaderamente inverosímiles.
El derecho a la objeción de conciencia conforme a la resolución de la Corte es individual y no puede estar sujeto a la Secretaría de Salud, a que lo apruebe, -yo soy objetor, apruébame Secretaría de Salud- ya que estaría restando autonomía y libertad al personal sanitario trasladando de facto el derecho a ejercer la objeción de conciencia a la autoridad, por lo que debe eliminarse este párrafo. Presidenta...
PRESIDENTA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS, DIPUTADA MARCELA GUERRA CASTILLO (MGC): Un momento, diputado orador. Diputada María Clemente, ¿con qué objeto? Sonido a la curul de la diputada María Clemente. Adelante, diputada.
MGC: Diputado orador, Éctor Jaime Ramírez Barba, ¿puede admitir una pregunta de la diputada?
EJRB: Presidenta, para mí sería un honor pero entiendo que la Presidencia no puede dar interrupciones cuando estamos en posicionamiento, ya entrando al debate le contesto las que quiera. O corríjame, presidenta.
MGC:Tiene usted razón, señor orador.
EJRB: Muchas gracias.
MGC: Es un posicionamiento, tiene usted razón y en ese caso le informo a la diputada que será en lo particular, en todo caso, cuando empiece la discusión. Adelante, diputado orador.
EJRB: Aprovechando la interrupción, presidenta, le pido, estamos realmente en un falso debate, en la Comisión de Salud y en la Gaceta Parlamentaria, que quizás tengan oportunidad de leer, el Grupo Parlamentario de Acción Nacional presentamos la manera de resolver lo que pide la Corte sin criminalizar a los médicos, se llama voto particular. Y le pido, presidenta, en función del tiempo, que pudiera insertar el texto de esto como parte de nuestra intervención como partido en el Diario de los Debates.
MGC: Con gusto. Así lo haremos. Gracias, diputado Éctor Jaime.
EJRB: Para concluir, lo que está pasando en Guerrero es una tragedia, es una tragedia de recursos humanos. Es una tragedia que debe llamarnos a la solidaridad y a la subsidiaridad. Yo les invito, compañeras y compañeros, a que no criminalicen a los médicos, a que no criminalicen a las enfermeras y que respetemos los dos derechos; el derecho a la salud y el derecho a la objeción de conciencia. Es cuanto, presidenta.
Muchas gracias.
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