TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DE LA DIPUTADA MARTHA ESTELA ROMO CUÉLLAR, EN CONTRA DEL DICTAMEN QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD, EN MATERIA DE OBJECIÓN DE CONCIENCIA.

31 de Octubre de 2023

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Ciudad de México, a 31 de octubre de 2023

 

TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DE LA DIPUTADA MARTHA ESTELA ROMO CUÉLLAR, EN CONTRA DEL DICTAMEN QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD, EN MATERIA DE OBJECIÓN DE CONCIENCIA.

 

DIPUTADA MARTHA ESTELA ROMO CUÉLLAR (MERC): Con su venia, diputada Presidenta. 

 

La objeción de conciencia es o podríamos interpretarlo como el rechazo a realizar procedimientos o actividades particulares por ser incompatible con el derecho a tener tus propias creencias, ya sean religiosas o éticas. 

 

Derecho que el artículo 24 de nuestra Constitución ya garantiza teniendo la libertad de conciencia, la libertad a identidad que te dan tus propios valores y el derecho a la libertad de conciencia. 

 

El 28 de junio, la Comisión de Salud tuvo a bien aprobar un dictamen que dicho por todos y cada uno de quienes conformamos la Comisión de Salud, no representa a todas y cada uno de las formas de ver este problema. 

 

Tuvimos parlamentos abiertos y en el Partido Acción Nacional presentamos una iniciativa, y dicha iniciativa no está tomada en cuenta en este dictamen. 

 

A la letra, este dictamen restringe el derecho a objetar conciencia, una cosa es lo que en discurso se dice y otro en lo que a la letra dice. 

 

Para el personal de salud tenemos que verdaderamente garantizarlo (…) 

 

Como decía, este dictamen evita que el personal médico no realice procedimientos en contra de lo que cree, por ejemplo, la eutanasia; por ejemplo, el aborto, investigación en animales, trasplante de órganos, transfusiones o incluso muchos estudiantes que realizan diferentes servicios o diferentes rotaciones por diferentes áreas, para poder terminar su carrera tienen que realizar procedimientos con los cuales no están de acuerdo, yendo en contra de su ética personal, con su moral y contra su propia religión. 

 

Nadie, compañeras y compañeros, puede obligar a un ser humano a hacer algo en contra de lo que cree, violar su derecho constitucional. El artículo 27, que es la libertad de conciencia, nadie en este recinto puede obligarlo. 

 

Si este dictamen no solamente es inconstitucional porque limita, sino también criminaliza y sanciona a este tipo de personas objetoras de una forma civil, administrativa y penal, lo cual me parece injusto y la federación y asociaciones de colegios de México nos externan su preocupación al respecto, y nos externan que no están de acuerdo. 

 

Morena pretende sancionar al personal médico por los retrasos que tiene Gobierno federal, porque no es más que culpa de ellos que la insuficiencia de personal, la ineficiencia en cuanto a infraestructura y la carga médica excesiva y horarios inhumanos que están viviendo hoy el personal médico impiden que verdaderamente el mexicano tenga derecho a la salud. 

 

Hoy el médico y el personal de salud tendrá responsabilidades por dicha omisión, que no es de ellos, es del propio personal. 

 

El registro y el listado público de objetores no garantiza la privacidad, esto los pone sus datos personales en riesgo. Esto puede ser discriminatorio, puede ser peligroso, puede tener amenazas y hostigamiento, incluso, en muchas ocasiones, esto puede obligar a su propio despido, por lo que sería discriminatorio. 

 

Por otro lado, el artículo 10 (…) es verdaderamente alarmante, porque una de sus partes menciona que no podrá objetar cuando la carga sea desproporcionada. 

 

Compañeros y compañeras, díganme cuál de las clínicas de los lugares en donde ustedes representan los médicos y personales no están con cargas desproporcionadas. Esto impediría que un médico pueda ser objetor porque nunca tiene una carga verdaderamente humana y entonces implicaría que no podrían objetar, entonces es contrario al derecho que todos y cada uno del personal de salud lo tiene. 

 

La Corte nos da como plazo este mes para poder legislar el tema, pero el tema es: ¿por qué no hacerlo bien?, ¿por qué esta porquería de dictamen?, ¿por qué no incluir todas y cada una de las opiniones también de quienes lo viven?, ¿por qué sancionar?, ¿por qué hacerlo de una manera equivocada? 

 

Presentamos una propuesta que está incluida en el Diario de los Debates, pero que quede claro que en el Partido Acción Nacional estamos a favor del derecho a la objeción de conciencia, pero una verdadera objeción de conciencia que sea real, que sea aplicable, que no sea limitada, que sea sin persecuciones y que sea sin amenazas, y este dictamen no representa en los hechos este derecho. 

 

Por no corregir, por no escuchar y por dictaminar de una manera equivocada, nuestro voto será en contra y los amparos de dicho personal nos darán la razón. 

 

Es cuanto, diputada presidenta. 

 

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