TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DE LA DIPUTADA LETICIA ZEPEDA MARTÍNEZ PARA PRESENTAR INICIATIVA QUE REFORMA EL ARTÍCULO 109 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

17 de Noviembre de 2021

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Ciudad de México, a 17 de noviembre de 2021

TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DE LA DIPUTADA LETICIA ZEPEDA MARTÍNEZ PARA PRESENTAR INICIATIVA QUE REFORMA EL ARTÍCULO 109 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

DIPUTADA LETICIA ZEPEDA MARTÍNEZ (LZM): Compañeras y compañeros diputados, uno de los temas que Acción Nacional ha defendido históricamente, incluso fue uno de los temas que más defendió en la reciente discusión del presupuesto 2022, es sin duda la defensa y fortalecimiento de nuestros municipios. Y ello obedece a que el municipio es la forma primera de la sociedad civil, con autoridades propias y funciones específicas, cuya misión consiste en proteger y fomentar los valores de convivencia local y prestar a la comunidad los servicios básicos que la capacidad de las familias no alcanza a proporcionar.

Sin embargo, esta defensa del municipio no solamente incluye de dotarlo de mayores recursos que le permitan hacer frente a sus obligaciones, así como para poder prestar de mejor manera los servicios que desde la Constitución le han conferido. En este sentido, el fortalecimiento de nuestros municipios también implica dotarlo de mecanismos que le permitan revisar o fiscalizar el uso correcto de los recursos con los que cuenta.

Así, de acuerdo con el Instituto Mexicano de la Competitividad, la fiscalización es el conjunto de acciones que tienen por fin comprobar el efectivo apego de la actividad económico-financiera de los organismos encargados de ejercer recursos públicos a los principios de legalidad, eficacia, eficiencia y economía.

Recordemos que la fiscalización, junto con la rendición de cuentas, son dos postulados del servicio público esenciales para generar confianza en la sociedad y fortalecer la gestión de gobierno.

Este control interno que deben llevar a cabo los municipios, a través de sus órganos de control interno, se ha constituido en un elemento fundamental en el combate a la corrupción, ya que estos organismos son una pieza fundamental para legitimar el actuar de los gobiernos y dar así la confianza a la sociedad en general.

De acuerdo con la encuesta de calidad de impacto gubernamental 2019, elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, INEGI, señala que en el 2019 el trámite con mayor porcentaje de experiencias de corrupción durante 2019 fue el contacto con autoridades de seguridad pública, con el 59.2 por ciento, seguido de los trámites relacionados con la propiedad, con el 25 por ciento.

Además, el 22.2 por ciento se dieron en trámites municipales y el 9.6 por ciento correspondieron a servicios municipales. En Acción Nacional estamos convencidos que la existencia de los órganos internos de control, a nivel municipal, muestra el compromiso de la clase política y de los gobernantes para hacer las cosas dentro del marco de legalidad.

Sin embargo, su diseño institucional aún deja dudas de su imparcialidad, pues el actuar del contralor interno está supeditado, en muchos casos, a las órdenes del Ejecutivo del ayuntamiento, quien es el facultado para proponer su nombramiento a los integrantes del cabildo, evitando, de esta manera, la existencia de incentivos para la independencia y autonomía del contralor municipal.

Dado que el municipio es la célula básica de la administración pública y el primer contacto con los ciudadanos con su gobierno, para atender sus demandas, se vuelve de mayor importancia que los titulares de sus órganos internos de control se mantenga independientes de presiones políticas y de los grupos de interés a los que están inevitablemente expuestos.

Es por ello que el objetivo de la presente iniciativa es establecer la necesidad de que todos los municipios cuenten con un organismo de control interno y que este sea designado por medio de un proceso que asegure la objetividad, imparcialidad y autonomía de su ejercicio.

Por lo anterior, se busca que los contralores municipales puedan realizar libremente su función de vigilancia, control y fiscalización de los recursos públicos municipales. Compañeras y compañeros legisladores, Acción Nacional está comprometido con dotar de mayores recursos a los municipios, pero también está comprometido con la ciudadanía de establecer los mecanismos necesarios para que los recursos públicos de lo que disponen los municipios se utilicen correctamente de cara a las necesidades de la gente.

Por ello, el Grupo Parlamentario de Acción Nacional propone con esta iniciativa reformar el párrafo sexto de la fracción III del artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el fin de que los titulares de los órganos internos de control a nivel municipal sean electos mediante convocatoria pública y con voto de las dos terceras partes de los miembros del ayuntamiento o consejo presentes, según corresponda.

Reconocemos que el avance democrático de México requiere de órganos de fiscalización autónomos, previstos en las facultades necesarias para poder llevar a cabo una eficiente supervisión del manejo de las finanzas públicas y con ello asegurar que los municipios cumplan su función de cara a las y los mexicanos y que contribuyan a alcanzar esa patria ordenada y generosa que México merece. Es cuanto.

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